El TJUE avala que las compañías aéreas cobren un recargo
por las maletas facturadas adicional al precio del
billete. La sentencia da la razón a Vueling en el litigio que
mantenía con el Instituto Galego de Consumo, que le había impuesto una multa de
3.000 euros. En su sentencia de este jueves, el TJUE dictamina que "el precio
que debe pagarse por el transporte del equipaje facturado de los pasajeros
aéreos puede constituir un suplemento opcional de precio" ya que "tal servicio
no puede considerarse obligatorio o indispensable para el transporte de dichos
pasajeros".
Browse » Home